06/01/2022 Por ordenanza que prohíbe embarcaciones a motor en 3 lagos de la comuna
CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA DECLARA ADMISIBLE RECURSO DE PROTECCIÓN EN CONTRA DE LA MUNICIPALIDAD DE PANGUIPULLI Y DA LUGAR A ORDEN DE NO INNOVAR

06/01/2022
Ayer 5 de enero de 2021 la Corte de Apelaciones de Valdivia declaró admisible el recurso de protección (Rol Protección-2501-2021) interpuesto el pasado 31 de diciembre por Carlos Alberto Castillo González en representación de Inmobiliaria San Nicolás Ltda. en contra de la Municipalidad de Panguipulli. El recurso presentado por la inmobiliaria pretende que la Corte adopte las medidas tendientes para cautelar el legitimo ejercicio de los derechos constitucionales establecidos en el artículo 19 N°2, 7 y 24 de la Constitución Política de la República, en relación con los artículos 6 y 7 de la referida carta fundamental, de cuyo legitimo ejercicio se priva a la recurrente a consecuencia del proceder arbitrario e ilegal de la Municipalidad de Panguipulli al dictar la Ordenanza Municipal que establece la Prohibición de Circulación de Embarcaciones o Vehículos Motorizados en el Lago Calafquén, Lago Pellaifa y Lago Pullinque, aprobada por el Concejo Municipal en sesión ordinaria del día martes 28 de diciembre del año 2021, la cual, señala el escrito, comenzará a regir el día 1 de enero del año 2022, infringiendo con ello, los derechos constitucionales y el principio de juridicidad....., solicitando además una orden de no innovar.

Como se señalara, la Corte de Apelaciones de Valdivia, con fecha 5 de enero de 2022 (ayer) declaró admisible el recurso de protección interpuesto por Carlos Alberto Castillo González en representación de Inmobiliaria San Nicolás Ltda., en contra de Municipalidad de Panguipulli, pidiendose informe a la recurrida (Municipalidad de Panguipulli), quien deberá remitirlo dentro del plazo de seis días adjuntando todos los antecedentes y documentos que al respecto obren en su poder.

Además, la Corte dio lugar a la orden de no innovar solicitada. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente don Carlos Acosta Villegas, quien estuvo por no conceder la petición de orden de no innovar.

Ahora, la Corte deberá ver el fondo del recurso para dictar resolución en las próximas semanas.

Cabe consignar que existe un segundo Recurso de Protección en contra de la Municipalidad de Panguipulli, por la misma causa, ingresado el pasado lunes 3 de enero de 2022.

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