05/08/2015
DIPUTADO JARAMILLO Y APROBACIÓN DE PROYECTO QUE REGULA ALZAMIENTO DE HIPOTECAS:“ESTE PROYECTO RESPONDE AL CLAMOR DE MUCHOS CIUDADANOS”

Diputado Enrique Jaramillo Becker.

05/08/2015
La Cámara de Diputados ratificó las modificaciones del Senado al proyecto que regula el alzamiento de hipotecas, y que ahora se denomina "proyecto de ley que regula el alzamiento de hipotecas y prendas que caucionen créditos".

La idea matriz de esta iniciativa es que la entidad acreedora se haga cargo del alzamiento de los gravámenes que para seguridad de su crédito afectan a un bien raíz, una vez extinguida la deuda. Además se incluye regulación de prendas que caucionen créditos.

El proyecto define, que en el caso de créditos caucionados con hipoteca específica, una vez extinguida totalmente la obligación garantizada, el proveedor del crédito deberá, a su cargo y costo, otorgar la escritura pública de alzamiento de la referida hipoteca y de los demás gravámenes y prohibiciones que se hayan constituido al efecto e ingresarla para su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, dentro de un plazo que no podrá exceder de cuarenta y cinco días contado desde la extinción total de la deuda (en este punto el cambio fue más bien en la redacción y no del fondo).

El proveedor deberá informar sobre estos trámites, por escrito, al deudor a través de cualquier medio físico o tecnológico idóneo al último domicilio registrado por el deudor con el proveedor dentro de los treinta días siguientes de practicada la cancelación correspondiente por el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

Al respecto, el Diputado Enrique Jaramillo, autor de la iniciativa junto al ex diputado y actual Senador Felipe Harboe, entre otros, señaló que “con esta iniciativa se ha escuchado un clamor de muchos ciudadanos que han sido deudores hipotecarios”.

Jaramillo, expresó que “debido a que muchos deudores hipotecarios,  habiendo pagado su deuda,  se enteraban, luego de años, que su  propiedad todavía permanecía hipotecada. Lo que a todas luces nos hizo ver que en ese aspecto existía un vacío enorme en la ley”.

Lo anterior, precisó, debido principalmente a que “los bancos carecen de incentivos para efectuar el alzamiento de la hipoteca, lo que obliga al interesado a requerirlo sometiéndose a la disponibilidad del tiempo de los bancos y en muchos casos, a asumir ellos los gastos que acto pueda significar”.

<<<Volver